El tope de gastos de campaña para los aspirantes presidenciales tanto de la 4T como de la oposición será de 34 millones 370 mil 666 pesos, de acuerdo con la propuesta del Instituto Nacional Electoral (INE). 

Dicho monto sólo contempla los procesos internos, establecido en el proyecto de lineamientos y que se acordó durante una reunión entre las consejeras y consejeros, para someterse a votación en sesión de Consejo General de hoy miércoles.

Los aspirantes podrán aportar, en dinero o en especie, un límite de dos millones 148 mil 166 pesos; mientras los militantes y simpatizantes, de manera individual, hasta 537 mil 41 pesos.

El acuerdo prohíbe además las aportaciones de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades federativas, y los ayuntamientos; dependencias, entidades u organismos de la Administración Pública Federal, estatal o municipal, centralizada o paraestatal, y los órganos de Gobierno de la ciudad de México; organismos autónomos federales, estatales y de la capital del país. 

Partidos políticos, personas físicas o morales extranjeras; organismos internacionales; personas morales o no identificadas tampoco podrán aportar. 

Funcionarios

El INE permitirá que los aspirantes que sean servidores públicas no les apliquen las restricciones establecidas en los lineamientos para funcionarios, mientras el resto de las personas servidoras públicas podrán asistir a los eventos de Procesos Políticos en días inhábiles. 

Su participación no debe incluir elementos de naturaleza electoral o equivalentes y se abstendrán de tener participación activa y preponderante en el evento. 

En el caso de los legisladores, podrán acudir a los eventos en días y horas hábiles, siempre y cuando no se distraigan de su participación en las actividades legislativas a su cargo.

Propaganda

La propaganda en vía pública deberá certificarse por el INE, la cual incluye espectaculares, en vehículos de transporte público y pinta de bardas, así como en redes sociales; en caso de infringir las reglas, se ordenará su retiro.

Estos artículos de promoción podrán colocarse o fijarse en inmuebles de propiedad privada, siempre que medie permiso escrito del o los propietarios. No podrá colocarse elementos del equipamiento urbano, carretero, ferroviario, o en monumentos ni edificios público, ni obstaculizar en forma alguna la visibilidad de los señalamientos de tránsito dentro de los centros de población.

Eventos

Durante los actos proselitistas, las “personas inscritas” en los procesos internos no deben tener como objetivo el obtener el respaldo para la postulación de precandidaturas o candidaturas a un cargo de elección popular, y deberán omitir expresiones, discursos y mensajes elementos de naturaleza electoral o equivalentes.

Durante los eventos, no se podrá emplear propaganda por sí mismos o por terceros, que de manera indirecta tenga un contenido proselitista electoral; también deberán evitar expresiones que se interpreten como la continuidad de programas de Gobierno o la presentación de una plataforma electoral.

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